6 Y como propiedad de la ciudad fijaréis un terreno de cinco mil
codos de ancho por veinticinco mil de largo, junto a la parte reservada del
santuario: esto será para toda la casa de Israel.
7 Al príncipe le tocará, a ambos lados del recinto de la parte reservada
para el santuario y de la propiedad de la ciudad, a lo largo de
la parte
reservada para el santuario y de la propiedad de la ciudad, por el
lado
occidental hacia occidente, y por el oriental hacia oriente, una
longitud
igual a cada una de las partes, desde la frontera occidental hasta la
frontera
oriental