11 Serán abominables para vosotros: no comeréis su carne y tendréis
sus cadáveres como abominables.
12 Tendréis por abominable todo cuanto en las aguas carece de aletas
y escamas.
13 Las siguientes de entre las aves tendréis por inmundas, y no podrán
comer por ser abominación: el águila, el quebrantahuesos, el águila marina,
14 el buitre, el halcón en todas sus especies,
15 toda clase de cuervos,
16 el avestruz, la lechuza, la gaviota, el gavilán en todas sus especies,
17 el búho, el somormujo, el ibis,
18 el cisne, el pelícano, el calamón,
19 la cigüeña, la garza en todas sus especies, la abubilla y el
murciélago.
20 Será abominable para vosotros todo bicho alado que anda sobre
cuatro patas.
21 Pero de todos los bichos alados que andan sobre cuatro patas,
podréis comer aquellos que además de sus cuatro patas tienen zancas para
saltar con ellas sobre el suelo.
22 De ellos podréis comer: la langosta en sus diversas especies y toda
clase de solam, de jargol y de jagab.
23 Cualquier otro bicho alado de cuatro patas será para vosotros
abominable.
24 Por estos animales podéis contraer impureza. El que toque su
cadáver quedará impuro hasta la tarde.
25 El que levante alguno de sus cadáveres tendrá que lavar sus
vestidos y quedará impuro hasta la tarde.
26 Asimismo todos los animales que tienen pezuña no partida en dos
uñas y no rumian, serán impuros para vosotros. Todo aquel que los toque
quedará impuro.
27 De entre los cuadrúpedos os serán impuros todos los que andan
sobre las plantas de sus pies. El que toque sus cadáveres quedará
impuro
hasta la tarde.
28 El que levante el cadáver de uno de ellos tendrá que lavar sus
vestidos, y quedará impuro hasta la tarde; son impuros para vosotros.
29 De entre los bichos pequeños que andan arrastrándose por el suelo
serán impuros para vosotros: la comadreja, el ratón el lagarto en sus
diversas especies,