4 Mas si hay en la piel de su carne una mancha blancuzca brillante sin
que parezca más hundida que la piel, y sin que el pelo se haya
vuelto
blanco, el sacerdote recluirá durante siete días al afectado.
5 Al séptimo día el sacerdote lo examinará, y si comprueba que la
llaga se ha detenido, no se ha extendido por la piel, el sacerdote entonces lo
recluirá otros siete días.
6 Pasados estos siete días, el sacerdote lo examinará nuevamente: si ve
que la llaga ha perdido su color y no se ha extendido en la piel, el sacerdote
lo declarará puro; no se trata más que de una erupción. Lavará sus vestidos
y quedará puro.
7 Pero si después que el sacerdote le ha examinado y declarado puro,
sigue la erupción extendiéndose por la piel, se presentará de nuevo
al
sacerdote.
8 El sacerdote, al comprobar que la erupción se extiende por la piel, lo
declarará impuro: es un caso de lepra.
9 Cuando en un hombre se manifieste una llaga como de lepra, será
llevado al sacerdote.
10 El sacerdote lo examinará, y si observa un tumor blancuzco en la
piel, el color del pelo mudado en blanco y una úlcera en la hinchazón,
11 se trata de lepra arraigada en su piel; el sacerdote lo declarará
impuro y no le recluirá, porque es impuro.
12 Pero si la lepra se ha extendido por la piel hasta cubrir toda la piel
del enfermo desde la cabeza hasta los pies, en cuanto alcanza a
verlo el
sacerdote,
13 éste lo examinará, y si la lepra ha cubierto toda su carne, declarará
puro al afectado por la llaga: se ha vuelto todo blanco; es puro.