34 Cuando hayáis entrado en la tierra de Canaán que yo os doy en
posesión, y castigue con lepra alguna de las casas de la tierra que poseeréis,
35 el propietario de la casa irá a avisar al sacerdote, diciendo:
«Ha
aparecido algo como lepra en mi casa.»
36 El sacerdote, antes de entrar en la casa para examinar la lepra,
ordenará que desocupen la casa, para que nada quede inmundo de cuanto
hay en ella. Después entrará el sacerdote a examinar la casa.
37 Si al examinarla observa que la mancha forma en las paredes de la
casa cavidades verdosas y rojizas que parecen hundidas en la pared,
38 el sacerdote saldrá a la puerta de la casa y la cerrará durante siete
días.
39 Volverá al día séptimo, y si comprueba que la mancha se ha
extendido por las paredes de la casa,
40 mandará arrancar las piedras manchadas y arrojarlas fuera de la
ciudad en un lugar inmundo.