13 En este año jubilar recobraréis cada uno vuestra propiedad.
14 Si vendéis algo a vuestro prójimo o le compráis algo, ved que nadie
dañe a su hermano.
15 Comprarás a tu prójimo atendiendo el número de años que siguen
al jubileo; u según el número de los años de cosecha, él te fijará el precio de
venta: