41 Entonces saldrá de tu casa, él y sus hijos con él, volverá a su
familia y a la propiedad de sus padres.
42 Porque ellos son siervos míos, a quienes yo saqué de la tierra de
Egipto; no han de ser vendidos como se vende un esclavo.
43 No serás tirano con él, sino que temerás a tu Dios.
44 Los siervos y las siervas que tengas, serán de las naciones que os
rodean; de ellos podréis adquirir siervos y siervas.
45 También podréis comprarlos entre los hijos de los huéspedes que
residen en medio de vosotros, y de sus familias que viven entre vosotros, es
decir, de los nacidos en vuestra tierra. Esos pueden ser vuestra propiedad,
46 y los dejaréis en herencia a vuestros hijos después de vosotros
como propiedad perpetua. A éstos los podréis tener como siervos; pero si se
trata de vuestros hermanos, los israelitas, tú, como entre hermanos,
no le
mandarás con tiranía.
47 Si el forastero o huésped que mora contigo adquiere bienes, y, en
cambio, tu hermano se empobrece en asuntos con él y se vende al forastero,
al que mora contigo, o a algún descendiente de familia de forastero,
48 después de haberse vendido le quedará el derecho al rescate: uno
de sus hermanos podrá rescatarlo.
49 Lo rescatará su tío paterno, o el hijo de su tío, o algún otro pariente
cercano suyo dentro de su familia, o, si alcanzan sus recursos, él
mismo
podrá rescatarse.