7 De sesenta años en adelante el valor será: para varón, quince siclos;
para mujer, diez siclos.
8 Si uno es tan pobre que no puede pagar esta valoración, presentará la
persona al sacerdote, el cual estimará su valor; el sacerdote la
valuará en
proporción a los recursos del oferente.
9 Si se trata de un animal que se puede ofrecer a Yahveh como
ofrenda, todo lo que se entregue así a Yahveh será cosa sagrada.
10 No se cambiará ni se sustituirá bueno por malo, ni malo por bueno;
y si se sustituye un animal por otro, tanto el permutado como su sustituto
serán cosa sagrada.