14 si el marido es atacado de celos y recela de su mujer, que
efectivamente se ha manchado; o bien le atacan los celos y se siente celoso
de su mujer, aunque ella no se haya manchado;
15 ese hombre llevará a su mujer ante el sacerdote y presentará por
ella la ofrenda correspondiente: una décima de medida de harina de cebada.
No derramará aceite sobre la ofrenda, ni la pondrá incienso, pues es
«oblación de celos», oblación conmemorativa para recordar una falta.
16 El sacerdote presentará a la mujer y la pondrá delante de Yahveh.
17 Echará luego agua viva en un vaso de barro y, tomando polvo del
pavimento de la Morada, lo esparcirá sobre el agua.
18 Pondrá el sacerdote a la mujer delante de Yahveh, le descubrirá la
cabeza y pondrá en sus manos la oblación conmemorativa, o sea, la
oblación de los celos. El sacerdote tendrá en sus manos las aguas de
maldición y funestas.
19 Entonces, el sacerdote conjurará a la mujer y le dirá: “Si no ha
dormido un hombre contigo, si no te has desviado ni manchado desde que
estás bajo la potestad de tu marido, sé inmune a estas aguas
amargas y
funestas.
20 Pero si, estando bajo la potestad de tu marido, te has desviado y te
has manchado, durmiendo con un hombre distinto de tu marido...”
21 El sacerdote entonces proferirá sobre la mujer este juramento, y
dirá el sacerdote a la mujer: “... Que Yahveh te ponga como
maldición y
execración en medio de tu pueblo, que haga languidecer tus caderas e infle
tu vientre.
22 Que entren estas aguas de maldición en tus entrañas, para que
inflen tu vientre y hagan languidecer tus caderas.” Y la mujer responderá:
“¡Amén, amén!”
23 Después el sacerdote escribirá en una hoja estas imprecaciones y
las borrará con las aguas amargas.