24 Hará beber a la mujer las aguas de maldición y funestas, y las
aguas funestas entrarán en ella para hacérsele amargas.
25 El sacerdote tomará entonces de la mano de la mujer la oblación de
los celos, mecerá la oblación delante de Yahveh y la presentará en el altar.
26 El sacerdote tomará de la oblación un puñado, el memorial, y lo
quemará sobre el altar, y le hará beber a la mujer las aguas.
27 Cuando le haga beber de las aguas, si la mujer está manchada y de
hecho ha engañado a su marido, cuando entren en ella las aguas funestas le
serán amargas: se inflará su vientre, languidecerán sus caderas y será mujer
de maldición en medio de su pueblo.
28 Pero si la mujer no se ha manchado, sino que es pura, estará exenta
de toda culpa y tendrá hijos.
29 Este es el rito de los celos, para cuando una mujer, después de estar
bajo la potestad de su marido, se haya desviado y manchado;
30 o para cuando un hombre, atacado de celos, recele de su mujer:
entonces pondrá a su mujer en presencia de Yahveh y el sacerdote realizará
con ella todo este rito.
31 El marido estará exento de culpa, y la mujer cargará con la suya.»