4 Si un hombre causa daño en un campo o en una viña, dejando suelto
su ganado de modo que pazca en campo ajeno, restituirá con lo mejor de su
propio campo y lo mejor de su propia viña.
5 Si se declara un fuego, y se incrementa con zarzales de modo que se
abrasen las hacinas, la mies, o el campo, el autor del incendio
deberá
resarcir el daño.