6 Cuando un hombre dé a otro dinero o utensilios en depósito para que
se lo guarde, y son robados de la casa de éste, el ladrón, si es
hallado,
restituirá el doble.
7 Pero si no es hallado, el dueño de la casa se presentará ante
Dios
para declarar que no ha puesto su mano sobre los bienes de su prójimo.